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En el ámbito del Derecho Médico, la responsabilidad puede ser de dos tipos: contractual y extracontractual. Ambas se refieren a situaciones en las cuales una persona sufre perjuicios derivados de una relación con un profesional o institución de salud. Sin embargo, cada tipo de responsabilidad tiene características y requisitos específicos.

  • Responsabilidad Contractual: La responsabilidad contractual surge cuando existe una relación formal entre el paciente y el prestador del servicio médico, como un contrato de prestación de servicios de salud. En este contexto, si el médico o la institución de salud incumple su obligación de ofrecer un servicio de calidad, lo que puede incluir desde un diagnóstico incorrecto hasta un tratamiento inapropiado, y el paciente sufre daño como consecuencia, se puede reclamar una indemnización por daño emergente o lucro cesante. Este tipo de responsabilidad se basa en el incumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato.
  • Responsabilidad Extracontractual: La responsabilidad extracontractual, por otro lado, se da cuando no existe un vínculo contractual previo, pero el daño al paciente se origina debido a un acto ilícito o negligente, como podría ser un error médico en un procedimiento no pactado o la omisión de una obligación de seguridad por parte de la institución. En estos casos, no es necesario probar un contrato, sino que se busca demostrar que hubo una acción u omisión que generó un perjuicio al paciente, y que dicha acción u omisión fue contraria a la ley o a los estándares de la práctica médica.

En LEGAL LABORAL SAS, representamos y asesoramos a las personas que han sufrido perjuicios en su salud como resultado de negligencia médica. Nos encargamos de diseñar y ejecutar una estrategia jurídica robusta, enfocada en obtener una indemnización justa en el menor tiempo posible. Guiamos a nuestros clientes a través de las etapas prejudiciales y judiciales del proceso, asegurándonos de que se reclamen adecuadamente los perjuicios correspondientes, ya sea por daño emergente o lucro cesante.

Desde el primer momento, nuestros clientes reciben un acompañamiento completo, explicándoles qué tipo de perjuicios pueden reclamar y cómo podemos garantizar que la indemnización implique una reparación adecuada y efectiva.